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EX-19 o EX-24: qué formulario corresponde a tu familia

Distingue de forma orientativa el régimen específico de familiares de españoles y el régimen de familiares de ciudadanos UE/EEE/Suiza. Los casos de españoles que han ejercido libre circulación necesitan una revisión adicional.

Fuentes oficialesDavid García Ramírez · ICAB 49587Atención nacional
NormativaFuentes oficiales vigentes
DocumentaciónPrueba ordenada y coherente
EstrategiaVía adecuada al caso
RevisiónDavid García Ramírez · ICAB

Distingue de forma orientativa el régimen específico de familiares de españoles y el régimen de familiares de ciudadanos UE/EEE/Suiza. Los casos de españoles que han ejercido libre circulación necesitan una revisión adicional.

Identificar régimen y formulario


Si es española, ¿ha ejercido libre circulación/residido en otro Estado UE en condiciones relevantes?

Resultado orientativo. No se almacenan tus respuestas. La herramienta no sustituye la revisión jurídica ni documental del expediente.

La pregunta que resuelve

Desde el nuevo Reglamento, muchos familiares de españoles continúan encontrando guías antiguas que los envían automáticamente al EX-19. El selector debe corregir esa confusión sin simplificar en exceso.

Regla general

Familiar de persona con nacionalidad española: estudiar el régimen específico de los artículos 93 a 99 y EX-24.

Familiar extracomunitario de ciudadano UE/EEE/Suiza no español: régimen del Real Decreto 240/2007 y EX-19.

Familiar de español que ha ejercido libre circulación: puede existir un supuesto en el que proceda el régimen comunitario; debe revisarse el historial de libre circulación antes de elegir formulario.

Preguntas del selector

  1. Nacionalidad de la persona que origina el derecho.
  2. Si es española, si ha residido/ejercido libre circulación en otro Estado UE en las condiciones relevantes.
  3. Tipo de vínculo: cónyuge, pareja, hijo, ascendiente u otro familiar.
  4. Dónde se encuentran ambos.

El selector devuelve régimen probable, formulario y enlace a la guía correspondiente.

Estructura del resultado

El resultado nunca será solo “sí/no”. Debe incluir:

  • conclusión orientativa;
  • requisitos que parecen cumplirse;
  • puntos que deben revisarse;
  • documentos o datos que faltan;
  • enlace a la página jurídica dominante;
  • CTA opcional para revisión profesional.

Límites jurídicos

La herramienta no puede valorar autenticidad documental, antecedentes complejos, fraude, dependencia real, continuidad de residencia o interpretación de un convenio internacional con la misma fiabilidad que un expediente. Esos puntos deben producir un estado de “requiere revisión”, no una respuesta inventada.

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Fuentes oficiales

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David García Ramírez, abogado colegiado nº 49587
Responsabilidad profesional

David García Ramírez

Abogado colegiado nº 49587 en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB). Coordina el equipo jurídico de CIVIUS en extranjería, nacionalidad y movilidad internacional, con estrategia y documentación revisadas antes de cada actuación.

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