FAMILIA

Tarjeta comunitaria para padres de ciudadano UE

Los ascendientes directos del ciudadano UE y de su cónyuge o pareja registrada pueden entrar en el régimen cuando viven a cargo. La relación de parentesco es necesaria, pero la dependencia es el punto que normalmente…

Fuentes oficialesDavid García Ramírez · ICAB 49587Atención nacional
NormativaFuentes oficiales vigentes
DocumentaciónPrueba ordenada y coherente
EstrategiaVía adecuada al caso
RevisiónDavid García Ramírez · ICAB

El encaje en régimen comunitario

Los ascendientes directos del ciudadano UE y de su cónyuge o pareja registrada pueden entrar en el régimen cuando viven a cargo. La relación de parentesco es necesaria, pero la dependencia es el punto que normalmente exige mayor construcción probatoria.

La tarjeta no se concede solo por el parentesco. El ciudadano UE debe tener un derecho de residencia superior a tres meses: por trabajo por cuenta ajena o propia, por disponer de recursos y seguro, o por estudios con las condiciones específicas del Real Decreto 240/2007.

Requisitos del ciudadano UE

El ciudadano UE puede ser trabajador, autónomo, estudiante o persona económicamente inactiva con recursos suficientes y seguro. La documentación cambia según el supuesto. No es correcto exigir la misma prueba económica a un trabajador por cuenta ajena que a una persona que reside sin actividad laboral.

Cuando la vía depende de recursos, su suficiencia se valora individualmente teniendo en cuenta la situación personal y familiar.

Vínculo familiar y dependencia

El parentesco se acredita con documentos civiles válidos. Cuando el familiar debe estar “a cargo”, la dependencia debe ser real y previa, no una relación económica creada únicamente para la solicitud.

En parejas no registradas u otros familiares de familia extensa, el expediente necesita demostrar la relación duradera o las circunstancias específicas previstas en la norma.

EX-19 y plazo

La tarjeta para residencia superior a tres meses se solicita mediante el modelo EX-19. El Real Decreto 240/2007 establece que la solicitud debe presentarse dentro de los tres meses desde la entrada en España.

La presentación debe acompañarse de pasaporte, documentación del ciudadano UE, prueba del vínculo y los documentos económicos o laborales correspondientes.

Familiares de españoles: cuándo no usar esta vía

Tras el Reglamento 1155/2024, el familiar de una persona española dispone de un régimen específico. El Ministerio recuerda que el régimen comunitario puede seguir siendo aplicable al familiar de español cuando el ciudadano español haya ejercido el derecho a la libre circulación en los términos correspondientes.

Por eso EX-19 y EX-24 no son formularios intercambiables.

Preguntas frecuentes

¿La tarjeta dura cinco años?

Con carácter general, la tarjeta temporal tiene la duración prevista por el régimen comunitario y puede dar paso a residencia permanente cuando se cumplen los requisitos.

¿Puedo trabajar?

El familiar cubierto por el régimen comunitario tiene los derechos laborales derivados de ese régimen.

¿Un padre necesita estar a cargo?

En los ascendientes incluidos por la norma, la dependencia es un elemento central y debe acreditarse.

¿Un hijo de 23 años entra automáticamente?

No. A partir de veintiún años debe revisarse la condición de vivir a cargo u otro supuesto aplicable.

¿Un español usa siempre EX-24?

No necesariamente si ha ejercido libre circulación y su familiar entra por el régimen comunitario; ese punto debe revisarse antes de elegir formulario.

¿Puedo traer a mis padres si soy ciudadano de la UE?

Sí, si dependen económicamente de ti o de tu cónyuge, y residen contigo. Se debe acreditar dependencia real y previa. Es un requisito exigente.

¿Cómo se demuestra la dependencia?

Con transferencias regulares y continuadas, junto con prueba de que los padres no tienen medios propios suficientes. Debe existir antes de la solicitud. Cuidado con envíos aislados.

¿Deben tener seguro médico?

Se pide cobertura sanitaria. Se acredita con póliza o con el derecho a asistencia. Verifica los requisitos del procedimiento.

¿Pueden trabajar los ascendientes de un ciudadano UE?

La tarjeta permite trabajar en general, pero es coherente con la dependencia. Si trabajan y tienen ingresos, se replantea la dependencia.

¿Qué documentos de su país hay que legalizar?

El certificado de nacimiento que acredite la filiación y la prueba de dependencia económica, con apostilla y traducción oficial. Empieza pronto porque la apostilla y la traducción tardan.

¿Cuánto tarda la tarjeta para ascendientes de ciudadano UE?

Varía por oficina. Prepara todo con antelación. Guarda el justificante de presentación.

¿Se puede pedir desde su país?

Sí, mediante visado, o en algunos casos desde España tras haber entrado legalmente. Antes de viajar conviene comprobar qué vía corresponde a cada situación.

¿Qué diferencia hay con el familiar de español?

Son regímenes distintos. El régimen del familiar de ciudadano UE, con el EX-19, aplica cuando el hijo o la hija es ciudadano de otro país de la UE. Si el hijo es español, se aplica el de familiar de español. Ver familia.

¿Y con la reagrupación?

La reagrupación se aplica cuando el familiar es residente extranjero. Tiene requisitos más estrictos de medios y vivienda. Ver reagrupación de ascendientes.

¿Qué pasa si me deniegan la tarjeta de ascendiente?

Se puede recurrir. El motivo más frecuente es no acreditar la dependencia económica, así que conviene reforzar esa prueba. Ver denegaciones y recursos.

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David García Ramírez, abogado colegiado nº 49587
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David García Ramírez

Abogado colegiado nº 49587 en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB). Coordina el equipo jurídico de CIVIUS en extranjería, nacionalidad y movilidad internacional, con estrategia y documentación revisadas antes de cada actuación.

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