Servicio jurídico

Contratar a una persona que está fuera de España: primero confirma que la vía es viable

Tener un candidato y un contrato no garantiza la autorización. Antes de fijar una fecha de incorporación, la empresa debe comprobar qué procedimiento corresponde, si opera la situación nacional de empleo, si existe una excepción, si…

Fuentes oficialesDavid García Ramírez · ICAB 49587Atención nacional
NormativaFuentes oficiales vigentes
DocumentaciónPrueba ordenada y coherente
EstrategiaVía adecuada al caso
RevisiónDavid García Ramírez · ICAB

Autorización individual o gestión colectiva

La contratación individual por cuenta ajena y la gestión colectiva de contrataciones en origen no son lo mismo. GECCO permite gestionar simultáneamente una pluralidad de autorizaciones y se orienta preferentemente a países con acuerdos de flujos; la Orden se actualiza cada año.

Qué revisamos de la empresa

  • Puesto, convenio, jornada, salario y contrato.
  • Solvencia, actividad, plantilla y cumplimiento fiscal y de Seguridad Social.
  • Situación nacional de empleo o excepción aplicable.
  • Cualificación, experiencia y, en profesiones reguladas, homologación o colegiación.
  • Calendario de autorización, visado, entrada, alta y TIE.

No prometemos fechas imposibles

La resolución administrativa, el consulado y la disponibilidad documental condicionan la incorporación. Construimos el calendario desde la fecha objetivo hacia atrás y señalamos qué depende de la empresa, del candidato y de la Administración.

Alternativas de movilidad

Un perfil altamente cualificado, un traslado intragrupo, un investigador o un profesional bajo otro régimen puede encajar mejor que la autorización ordinaria. CIVIUS compara ambas familias antes de presentar.

Preguntas frecuentes

¿Puede la persona estar ya en España?

La contratación en origen parte de una persona que no se halla ni reside en España en los términos del procedimiento. Si ya está aquí, hay que estudiar otra vía.

¿La empresa paga el viaje?

En determinados procedimientos GECCO existen obligaciones empresariales específicas, incluido el viaje de llegada y otros compromisos. Debe revisarse la Orden anual.

¿Cuándo puede empezar a trabajar?

La eficacia de la autorización ordinaria puede quedar condicionada al alta en Seguridad Social después de la entrada legal. No debe incorporarse antes de tener la habilitación correcta.

¿Qué es la contratación en origen?

Es el procedimiento por el que una empresa española contrata a un trabajador que está fuera de España. Se tramita una autorización previa y el trabajador solicita el visado en el consulado de su país antes de viajar.

¿Qué diferencia hay entre contratación nominativa y genérica?

En la nominativa, el empleador identifica a un trabajador concreto. En la genérica, presenta una oferta abierta y el trabajador se selecciona en origen. La nominativa exige que el trabajador tenga relación previa demostrable.

¿Qué requisitos exige la contratación en origen a la empresa?

Un contrato o compromiso con condiciones ajustadas al convenio, solvencia económica, estar al corriente de obligaciones y, si procede, análisis de la situación nacional de empleo. Los importes y plazos cambian por sector.

¿Cuánto tarda la contratación en origen de principio a fin?

La resolución de la autorización puede tardar varias semanas o meses, y luego hay que sumar el visado consular y el viaje. Conviene calcular entre tres y seis meses como referencia prudente.

¿Puede el trabajador entrar a España antes de que se resuelva la autorización?

No para trabajar. Si está en España como turista, su estancia no le permite trabajar ni suele valer para regularizarse por esta vía. Debe salir y solicitar el visado.

¿Qué visado se solicita en el consulado?

Un visado de residencia y trabajo por cuenta ajena, con la autorización concedida como base. El consulado revisa la identidad, los antecedentes y la documentación complementaria.

¿Se puede cambiar de empleador durante la vigencia?

Al principio la autorización vincula a un sector o empleador. Los cambios requieren modificar la autorización o cumplir plazos previos. Conviene consultarlo antes de mover al trabajador.

¿Hay algún caso donde no se exige el análisis de la situación nacional de empleo?

Sí, los puestos del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, o supuestos como cónyuges de residentes o familiares que ya reúnen condiciones. Ver catálogo de difícil cobertura.

¿Qué pasa si el consulado deniega el visado pese a tener la autorización?

Se puede recurrir la denegación del visado. Es una vía distinta de la de la autorización y con sus propios plazos, así que conviene actuar en cuanto se recibe la notificación.

¿Qué diferencia hay con la GECCO?

La GECCO es un sistema colectivo y estacional con orden anual. La contratación en origen ordinaria es individual, con cualquier tipo de puesto. Ver GECCO.

Fuentes oficiales

Un proceso claro, contigo en cada paso

1Analizamos tu caso

Identificamos la vía jurídica adecuada.

2Diseñamos la estrategia

Convertimos requisitos en un plan documental.

3Gestionamos el expediente

Preparamos y presentamos cuando corresponde.

4Seguimos a tu lado

Atendemos requerimientos y siguientes pasos.

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No hace falta que sepas qué permiso o trámite necesitas. Empieza por contarnos tu situación y podremos identificar el siguiente paso jurídico.

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David García Ramírez, abogado colegiado nº 49587
Responsabilidad profesional

David García Ramírez

Abogado colegiado nº 49587 en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB). Coordina el equipo jurídico de CIVIUS en extranjería, nacionalidad y movilidad internacional, con estrategia y documentación revisadas antes de cada actuación.

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